Red de Organizaciones de la Sociedad Civil

y Movimiento Sociedad Participativa, AC.
PRESENTAN

El Sistema Nacional se niega a investigar las violaciones a los derechos humanos de las mujeres en Guanajuato

1.8.09

BOLETÍN DE PRENSA

• El Sistema Nacional se niega a investigar las violaciones a los derechos humanos de las mujeres en Guanajuato

• Esta investigación daría paso o no a la Declaratoria de Alerta de Género por Agravio Comparado

El pasado 6 de mayo, el Centro de Derechos Humanos “Victoria Diez”, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los derechos para Todas y Todos”, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer- CLADEM Jalisco, la Federación Estatal de Sindicatos Auténticos de Guanajuato (FESAG), la Red de Desarrollo Integral del Bajío (REDIB), el Centro las Libres, Proyectos Laubach de Alfabetización (PLAMAC)y el Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos solicitamos al Instituto Nacional de las Mujeres, con fundamento en diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Reglamento de la misma ley, declarara la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado en el estado de Guanajuato.

Dicha solicitud fue interpuesta debido a que:

1. En el estado de Guanajuato existe un cuerpo normativo que transgrede los derechos humanos de las mujeres, provocando una desigualdad en el estado que limita y restringe libertades y derechos a las víctimas de violencia sexual

2. A pesar de que el Código Penal de Guanajuato permite el aborto por violación, esta causal es considerada como excusa absolutoria, lo cual quiere decir que aún cuando no se castiga a la víctima de violencia sexual que aborta, sigue siendo considerada por las autoridades como criminal

3. El estado no proporciona servicios de interrupción legal del embarazo y procuración de justicia a las víctimas de violencia sexual.

El lunes 20 de julio el Instituto Nacional de las Mujeres convocó al Sistema Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, a una reunión extraordinaria con el objetivo de emitir una resolución para iniciar la investigación de las violaciones a los derechos humanos de las mujeres en Guanajuato. Esta daría el paso o no a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado; sin embargo el Sistema Nacional lo declaró improcedente con 26 votos.

Cabe resaltar que esta etapa del proceso, no implicaba que se declarara la Alerta de Género por Agravio Comparado, debido a que primero se tenía que llevar a cabo la investigación que probara dichas violaciones.

El Centro de Derechos Humanos Victoria Diez y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, denunciamos que dicha reunión estuvo fuera de la normatividad, debido a que el INMUJERES vició el procedimiento, influyendo y confundiendo a los integrantes del Sistema Nacional sobre el objetivo de la sesión extraordinaria, debido a que presentó un documento –sin logos, sin firmas y fuera de la orden del día-, en el que fijó su postura para la no procedencia de la investigación.

Los argumentos presentados en dicho documento no tienen fundamentos sólidos en materia de derechos humanos debido a que:

1. Afirman que solicitar la homologación del Código Penal de Guanajuato con el Código del Distrito Federal sobre las causales de aborto por violación, de peligro para la salud de la mujer y de malformación congénita, pone en peligro la democracia y la soberanía de los estados. Sin embargo este argumento carece de sustento debido a que existen responsabilidades internacionales en materia de derechos humanos, en las que el Estado mexicano se compromete a proporcionar servicios de atención y procuración de justicia a las mujeres víctimas de violencia sexual, aún por encima de las constituciones locales.

2. Argumentan que la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, sólo permite la Declaratoria de Alerta de Género por violencia feminicida, ya que si aceptaran cualquier otra interpretación, sería como quebrantar el equilibrio normativo previsto por el poder Legislativo de la Federación. Cabe resaltar que la propia Ley en su artículo 23 señala que uno de los objetos de la alerta de violencia de género contra las mujeres es “eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos”. Igualmente el Reglamento de la propia Ley establece en el artículo 30 que la declaratoria de alerta procede cuando existe un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.

3. Afirma que la homologación no es una figura jurídica reconocida en la ley, desconociendo lo señalado por el artículo 39 del Reglamento el cual establece que como una de las consecuencias de la declaratoria de alerta de género, es la homologación y eliminación de la norma jurídica que impide el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, precisando que si el poder ejecutivo local acepta realizar las modificaciones o la abrogación de la legislación motivo del agravio, no se emitirá la declaratoria de alerta.

Es irrisorio que sea el propio INMUJERES quien se niegue a realizar la investigación, argumentando que las solicitantes deben demostrar fehacientemente las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, lo cual es responsabilidad del Sistema a través de la conformación del grupo interinstitucional y multidisciplinario encargado de esta investigación. Cabe resaltar que las organizaciones solicitantes si allegamos al Sistema Nacional las evidencias a nuestro alcance.

Consideramos que la Secretaría de Gobernación al considerar inconstitucional la figura del Agravio Comparado, bajo el discurso de la soberanía de los estados contribuye a fortalecer la impunidad en el país.

Lamentamos que el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, órgano que debe velar por los Derechos Humanos de las mujeres, sea el principal promotor de la violencia institucional al desconocer este mecanismo. No obstante, reconocemos a las titulares de los Institutos de las Mujeres que votaron a favor de la resolución de dicha investigación: Distrito Federal, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Yucatán.

Las organizaciones firmantes exigimos un mecanismo autónomo con personas expertas independientes que en base a criterios de certeza, objetividad, imparcialidad y legalidad, se comprometan a cumplir con las responsabilidades del Estado, tales como la Declaratoria de Alerta de Género.Finalmente, las organizaciones promoventes interpondremos los recursos legales procedentes para hacer valer la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Centro de Derechos Humanos Victoria DiezObservatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio

0 comentarios:

 
Theme by New wp themes | Bloggerized by Dhampire